Corte de Apelaciones de Antofagasta rechazó recurso de protección del Colegio Médico contra ATI

Corte de Apelaciones de Antofagasta rechazó recurso de protección del Colegio Médico contra ATI

31 Diciembre 2014

A fines de noviembre el Colegio Médico de Antofagasta presentó un recurso de protección contra Antofagasta Terminal Internacional, el que el 29 de diciembre 

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La Corte de Apelaciones de Antofagasta acogió el 24 de noviembre el recurso de protección presentado por el Colegio Médico contra Antofagasta Terminal Internacional (ATI), el que según el gremio se basó "en la modificación unilateral que esta empresa habría efectuado a partir del 21 de octubre pasado, a la resolución de calificación ambiental vigente, relativa a la recepción, acopio y embarque de concentrados de dicha compañía".

A más de un mes de la presentación del recurso, la Corte de Apelaciones dictaminó que la RCA respalda las operaciones de ATI, que la empresa acopia y embarca concentrado de cobre y otros metales y minerales de acuerdo a las resoluciones de calificación ambiental que se encuentran vigentes.

Además indicó que ATI, está facultada para recibir concentrado de cobre a través de camiones y carros de tren, y que en la etapa de construcción proyecta la obra de dos edificios distintos, uno para descarga de camiones y otro de descarga de ferrocarriles. Indica también que en la etapa de operación, por su parte, se contemplan también ambas posibilidades.

La Corte consideró que ATI en la declaración de impacto ambiental dejó expresa constancia que el transporte de minerales no es de su responsabilidad.

El tribunal no acreditó vulneración al derecho a la vida, integridad física y síquica de las personas ni el de vivir en un ambiente libre de contaminación, y que no se vislumbra urgencia de dictar una medida cautelar, que exige una actuación u omisión concreta y precisa que no se detalla en el requerimiento.

No se entrega prueba alguna que dé cuenta de un eventual daño y los incumplimientos mencionados en el recurso son objeto de la formulación de cargos por parte de la Superintendencia del Medio Ambiente, aún pendiente.

Finalmente, la Corte dijo que las demandas deben ser revisada por tribunales ambientales.

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