Corte Suprema ordena devolver millonarios fondos pagados a cuñado de alcaldesa Karen Rojo

26 Octubre 2018

CMDS se refirió a esta determinación judicial.

Equipo El Nortero >
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Un duro revés para la administración de la alcaldesa Karen Rojo estableció la Corte Suprema, entidad judicial que confirmó el fallo de los jueces de la Corte de Apelaciones de Antofagasta, quienes habían rechazado el recurso de protección presentado por la Corporación Municipal de Desarrollo Social (CMDS) en contra del Servicio de Salud (SSA) en el contexto del denominado "Caso Cuñado".

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Producto de lo anterior, consignó SoyAntofagasta, el organismo municipal deberán devolver más de $43 millones que fueron pagados al cuñado de la alcaldesa Karen Rojo por la mantención de sillones dentales de los recintos de salud a cargo del ayuntamiento.

La publicación detalló que el fallo de la Suprema indica que “la solicitud de restitución de fondos por gastos no acreditados, proviene a propósito de una investigación sobre seguimiento de informe final de investigación especial realizado por la Contraloría General de la República, por lo que la decisión del director del servicio de Salud de Antofagasta, no es más que el corolario del cumplimiento de lo pedido por el órgano contralor, sin que pueda desprenderse que el Ordinario en referencia se haya dictado producto de una arbitrariedad o ilegalidad, razón suficiente para desestimar el recurso de protección”.

 PRONUNCIAMIENTO JUDICIAL

El pronunciamiento judicial añadió que “la resolución aludida no es coercitiva, haciéndose presente que el artículo 31 sobre la Resolución N° 30 del año 2015, que fija Normas de Procedimientos Sobre Rendición de Cuentas, dispone que las rendiciones no presentadas o no aprobadas por el otorgante, o aquellas observadas por la Contraloría General, generarán la obligación de restituir los recursos no rendidos, objetados o no ejecutados, sin perjuicio de las responsabilidades y sanciones que determine la ley, por lo que se solicita la restitución de fondos por gastos no acreditados, es decir, no constituye una orden perentoria sino solo el cumplimiento de lo resuelto en un proceso de fiscalización respecto de la cual la Corporación estaba en conocimiento desde sus inicios”.

RESPUESTA DE LA CMDS

Por su parte, y según publicó SoyAntofagasta.cl, desde la CMDS aseguraron que se "respetará la sentencia emitida por la Corte Suprema, que dice relación solo a la facultad del Servicio de Salud de requerir la restitución de los fondos, la que en ningún caso significa la reapertura de la arista penal que se encuentra cerrada".